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IMPUGNACIÓN Y RECURSOS

Recurso de Apelación

El recurso de apelación procede en los siguientes casos:

1. De la resolución que declara la prescripción del ejercicio de la acción o la pena.

2. Del auto de nulidad.

3. Del auto de sobreseimiento, si existió acusación fiscal.

4. De las sentencias.

5. De la resolución que conceda o niegue la prisión preventiva siempre que esta decisión haya sido dictada en la formulación de cargos o durante la instrucción fiscal.

6. De la negativa de suspensión condicional de la pena.

Recurso de Casación

El Recurso de Casación es de competencia de la Corte Nacional de Justicia y procede contra las sentencias, cuando se ha violado la ley, ya por contravenir expresamente a su texto, ya por haber hecho una indebida aplicación de ella, o por haberla interpretado erróneamente.

Recurso de Revisión

El Recurso de Revisión puede proponerse en cualquier tiempo, ante la Corte Nacional de Justicia, después de ejecutoriada la sentencia condenatoria por una de las siguientes causas:

1. Si se comprueba la existencia de la persona que se creía muerta.

2. Si existen, simultáneamente, dos sentencias condenatorias sobre una misma infracción contra diversas personas sentenciadas que, por ser contradictorias, revelen que una de ellas está errada.

3. Si la sentencia se ha dictado en virtud de documentos o testigos falsos o de informes periciales maliciosos o errados.

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